viernes, 22 de abril de 2022

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ANSES: Si cobro la Asignación universal por Hijo, ¿Puedo cobrar el nuevo Bono de $ 18.000?

By: Alan On: 7:13:00
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  • La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilitó la inscripción al nuevo Bono de $ 18.000 para determinados beneficiarios de asignaciones sociales y de $ 12.000 para jubilados y pensionados.



    En el caso del Bono de $ 18.000 se cobrará en dos cuotas de $ 9.000 cada una.

    La primera cuota se pagará en el mes de mayo y la segunda en el mes de junio.

    Para poder cobrar este Bono los potenciales beneficiarios deben inscribirse en la página de la ANSES.

    La pregunta que nos han realizado varios potenciales beneficiarios es la siguiente:

    Si cobro la Asignación universal por Hijo, ¿Puedo cobrar el nuevo Bono de $ 18.000?

    La respuesta es SI en la medida en que se cumplan con los requisitos establecidos por la ANSES y que son los siguientes:

    - Ser a lo sumo monotributista A o B, no contar con ingresos de un trabajo en blanco y/o ser trabajadora o trabajador de casas particulares.

    - Los ingresos a los que hubiera accedido la persona que solicite el refuerzo deberá ser menor al de dos salarios mínimos ($ 77.880), en el promedio de los últimos seis mes.

    Esto es así para no dejar afuera del refuerzo a una persona que, eventualmente, hubiera tenido un ingreso superior al del límite en alguno de los meses previos pero que cumple con el resto de los requisitos.

    Para calcular estos ingresos -explicaron desde Anses- se usarán los consumos registrados con tarjetas de débito y/o crédito, así como las transferencias recibidas en cuentas bancarias a su nombre.

    - No ser titular de más de una vivienda, no estar adherido a un servicio de medicina prepaga, no ser titular de dos o más autos o de uno de menos de un año de antigüedad, no tener un avión o embarcación a su nombre.

    - En el caso de los hombres es necesario tener entre 18 y 65 años y no cobrar jubilación , mientras que en las mujeres en tope es de entre 60 y 65 años sin ser jubiladas.

    - Si es extranjero, debe tener como mínimo de dos años de residencia en el país.

    El refuerzo económico será de carácter personal y no familiar, por lo que no importa el ingreso del grupo familiar sino el de cada persona, a diferencia de lo que había sido el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) durante la pandemia en el año 2020.

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